A- de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Maria Del Carmen Alvarez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia preferente y excepcional para asegurar el cumplimiento de sus decisiones
- No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento y trámite de incidente de desacato de la Sentencia T-514/15.
Luego de revisar la petición formulada considera la Sala de Revisión que los hechos expuestos en ella no se enmarcan dentro de las posibilidades señaladas por la jurisprudencia constitucional para asumir el seguimiento directo del fallo de la referencia.
Al concluir que la Corte carece de competencia para conocer la solicitud elevada por la accionante, se NIEGA la misma y se dispone su remisión a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que determine su cumplimiento e inicie el correspondiente incidente de desacato.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la solicitud presentada por María del Carmen Álvarez, mediante escrito del 8 de marzo de 2016, en el sentido de que la Corte asuma la verificación del cumplimiento y tramite el incidente de desacato frente a la ejecución de las órdenes impartidas en la sentencia T-514 de 2015.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el escrito presentado por María del Carmen Álvarez a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que, en su condición de juez competente, resuelva la mencionada solicitud.
- TECERO.- ORDENAR que por Secretaría General se comunique la decisión adoptada en esta providencia a la peticionaria.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.